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DERECHOS

  • A participar como elector y poder ser elegido en los procesos de elección del Consejo de personas usuarias que se desarrollen en el Centro.
  • A participar activamente en las actividades que se organicen, colaborando con su experiencia y conocimientos, en la medida de sus posibilidades.
  • A formar parte de los grupos de actividades que en el Centro se constituyan.
  • A presentar sugerencias a la Dirección del Centro con propuestas de mejora de servicios y de actividades.
  • A tener acceso a todo tipo de publicaciones y libros que se reciban en el Centro.
  • A formular reclamaciones.
  • A mantener relaciones con sus familiares y allegados.
  • A una atención sin discriminación por razón de edad, sexo, raza, religión, ideología o cualquier otra circunstancia personal o social.
  • Al máximo respeto de su persona y a recibir un trato correcto por parte del personal y los otros residentes o personas usuarias.
  • A recibir una información clara y completa sobre la organización del Centro, sus condiciones y normativas del Centro y toda la información que sea relevante para su estancia en el mismo. Tienen derecho igualmente a ser informados de cualquier cambio que se pueda originar en la dinámica de funcionamiento del Centro y que le afecten.
  • A estar informados de manera completa y a decidir su incorporación en estudios o investigaciones clínicas, con las debidas garantías, sabiendo que se pueden negar a ello sin que esto represente ninguna clase de discriminación por parte del personal del Centro o la entidad.
  • A conocer a los profesionales del Centro y a conocer quién es la persona o personas a las que puede dirigir sus preguntas o solicitar informaciones sobre cuestiones relacionadas con el Centro, su organización, su estancia en él, y a ser recibido en horarios convenientes para ambas partes.
  • A mantener su vida cultural, social o política, salvaguardando en cualquier caso, el legítimo pluralismo de opinión.
  • A recibir todos los servicios que se presten en el Centro en las condiciones establecidas, acordadas o convenidas entre la persona usuaria o tutor y el Centro.
  • A considerar en su caso como domicilio propio el establecimiento residencial que lo acoge, así como a ejercer sus derechos individuales, con especial alusión al ejercicio de la vida afectiva y la libertad de expresión, haciendo en todo caso un uso del mismo conforme a lo que establezca el Reglamento de Régimen Interior del Centro.
  • A la intimidad en su proceso de atención, independientemente de las condiciones estructurales del Centro.
  • A recibir la información adecuada y suficiente sobre los programas y tratamientos oportunos, incluyendo beneficios, desventajas y posibles alternativas. Cuando la persona usuaria no se halle en condiciones de recibir información ni de tomar decisiones, el Centro debe consultar a su tutor o familiar designado al efecto.
  • A conocer su historia sociosanitaria.

DEBERES

  • Cumplir el Reglamento de Régimen Interior del Centro.
  • Cumplir los acuerdos e instrucciones emanadas de la Dirección del Centro.
  • Utilizar las instalaciones del Centro adecuadamente, conforme a las normas de uso.
  • Guardar las normas de convivencia, higiene y respeto mutuo tanto en el Centro como en cualquier otro lugar donde se realicen las actividades organizadas.
  • Abonar puntualmente los servicios, precios públicos o prestaciones económicas que normativa o contractualmente se estipulen.
  • Colaborar al máximo en el cumplimiento de las normas internas del Centro, y respetar las condiciones de admisión, estancia y salida del Centro, recogidas en la reglamentación o contrato.
  • Colaborar en la vida cotidiana del Centro y en su autocuidado, según sus capacidades.
  • Respetar el ideario del Centro.
  • Tratar con el máximo respeto al personal del Centro y a las otras personas usuarias. Toda persona usuaria tiene el deber de respetar la intimidad, el reposo y la tranquilidad de las demás personas usuarias.
  • En su caso, acatar y cumplir las resoluciones sancionadoras firmes por infracciones cometidas en la condición de persona usuaria y contempladas en el presente estatuto.
  • Deber de firmar el documento pertinente, en el caso de negarse a las actuaciones sanitarias propuestas, especialmente en caso de pruebas diagnósticas, actuaciones preventivas y tratamientos de especial relevancia para la salud de la persona usuaria. En dicho documento se debe expresar con claridad que la persona usuaria ha quedado suficientemente informado de las situaciones que se pueden derivar y que rechaza los procedimientos sugeridos.